Accidentes Convenios Colectivos

Al igual que el seguro de accidentes colectivo, se cubre a un grupo, pero en las condiciones marcadas en el convenio colectivo de la empresa. La mayoría de las seguros-empresas reflejan en sus convenios algún tipo de seguro de accidentes. En caso de accidente, si la empresa carece de este seguro, el empresario debe afrontar el pago de las indemnizaciones que se establecen en el convenio.

Ventajas
Estos seguros se actualizan automáticamente en cuanto a las coberturas aprobadas en los sucesivos convenios y una vez publicadas en el diario oficial correspondiente. No tendrás que ocuparte de nada más que de que se establezcan en la póliza los beneficiarios que tú designes para el caso de fallecimiento, de otra forma lo serían los “herederos legales”.

Te ayudaremos a mantener actualizado este seguro en cuanto al número de trabajadores asegurados solicitándote las medias anuales de empleados y regularizando en más o menos la póliza, para que todos estén asegurados y pagues lo justo.

Entorno legal

Los seguros de accidente colectivos, tal como indica su nombre, van dirigidos a grupos de personas que están unidas entre sí por una actividad común; en general, su trabajo o su afición. En los seguros colectivos de Convenio, el nexo es laboral y particularmente gremial.

Es muy común que, dentro de la negociación de los convenios laborales, hoy en día se incluya la obligatoriedad por parte del empresario de contratar un seguro de Accidentes Colectivo. No es para menos si tenemos en cuenta que según datos del Instituto Nacional de Estadística, en España se producen más de medio millón de accidentes laborales al año, de los cuales el 2% son muy graves y alrededor de 1.000 acaban siendo mortales.

El seguro de ACCIDENTES CONVENIOS tiene como finalidad el garantizar prestaciones que tienen el carácter de mejora voluntaria respecto de las que otorga la Seguridad social, en su modalidad contributiva. Los beneficiados son todos los empleados que forman parte de la plantilla de la empresa.

Por otro lado, con la aparición de la normativa legal sobre instrumentación de compromisos por pensiones, las seguros-empresas se obligan a «exteriorizar», mediante un contrato de seguro, todo compromiso a su cargo que, entre otros, implique el pago de un capital por fallecimiento del empleado asegurado, o por causa de una invalidez permanente, en sus grados de total, absoluta o gran invalidez.

Si eres empresario y dispones de trabajadores en tu empresa, es muy probable que debas contratar un Seguro de Convenio de Accidentes Colectivo donde vengan recogidas las coberturas requeridas en el respectivo convenio. El incumplimiento de la obligación del seguro es considerado infracción en materia laboral de carácter muy grave (ley 8/1988 de 7 de abril) con sanciones que pueden ir de 3.000 euros a 90.000 euros.

Si tu empresa no tuviera la obligación en convenio de asegurar a los trabajadores, pero desearas implantarlo, nosotros te propondremos diversas opciones, fijándonos en seguros-empresas de similares características que ya lo hubieran establecido o plantearíamos otras alternativas.

Protege a tus empleados de cualquier imprevisto con el mejor seguro de Accidentes para colectivos.